Entiendo por lo que dices que ya hay un procedimiento en marcha en el que ya se ha hecho atribución de la custodia de los hijos, posiblemente en unas medidas provisionales, pero desconozco totalmente en qué momento procesal se encuentra ese procedimiento por lo que lo que no puedo ser más concreta en mi respuesta. Mi consejo es que hagas esta consulta al abogado/a que te esté llevando tu asunto que será quien te pueda orientar con total precisión.
No obstante, por si no dispones aún de abogado/a, sí que te puedo decir que en los procesos de familia especialmente, siempre, incluso el mismo día del juicio, se puede informar al Juzgado de cualquier hecho nuevo que pueda tener influencia en las medidas pedidas o ya acordadas, de forma que, si aún estás en plazo para demandar o para contestar a la demanda, ese es el momento perfecto para comunicar al Juzgado cual es la situación de hecho actual. Si ya han pasado los plazos para hacerlo, en el mismo acto del juicio podrás comunicarlo para que, cuando se dicte la sentencia, se tenga en cuenta cuál es la situación de hecho realmente existente y las medidas que se dicten estén adecuadas a la situación real.
